Estimado/a estudiante:
Esta información es para ti si has accedido a algún máster de la US y tu título de acceso no es español.
La hemos preparado en forma de FAQ. Esperamos que te sea de ayuda.
- Para el visado me están solicitando una carta de admisión a los estudios de máster expedida por la Universidad de Sevilla. ¿Dónde la solicito?
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Si es la primera vez que te matriculas en el máster en cuestión, tienes que solicitar la carta de admisión al Vicerrectorado de Estudiantes y Vida Universitaria escribiendo al siguiente correo accesomaster@us.es
Si ya iniciaste estudios del máster y continúas con ellos, debes solicitarla en el correo de la secretaría de la Facultad de Geografía e Historia, geografiaehistoria@us.es.
- Ya entregué toda mi documentación al hacer la preinscripción, ¿tengo que volver a entregarla al hacer la automatrícula?
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Sí. Tanto si has obtenido la plaza en la primera fase y ya has realizado la prematrícula, como si la has obtenido en las fases siguientes, al estar tu título expedido por una universidad extranjera tu matrícula en el máster está condicionada hasta que entregues la documentación debidamente legalizada y/o traducida oficialmente y recibas la Resolución Rectoral autorizando tu admisión en el título del máster solicitado.
Es cierto que para realizar la preinscripción no fue necesario ni que legalizaras ni que tradujeras la documentación que acredita tus estudios extranjeros, pero para validar la matrícula y poder emitir la mencionada Resolución Rectoral sí es obligatorio que aportes en el buzón de documentación DOMUS dicha documentación debidamente legalizada y también legalmente traducida, si fuera el caso.
Legalizar la documentación es un trámite que permite que los documentos emitidos en un país sean reconocidos y tengan validez en otros países. En el caso de los documentos académicos (certificado de notas, título, etc.), la legalización nos sirve para verificar la existencia de la institución y de los estudios o los programas académicos que aparezcan en el certificado.
Dependiendo de los convenios que tu país tenga con España, los trámites para legalizar tus documentos serán unos u otros.
- ¿Cuándo tengo que subir a DOMUS la documentación de acceso debidamente legalizada y/o traducida?
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Tienes 10 días hábiles a partir a la finalización del periodo en el que hayas formalizado tu automatrícula.
Si solo has hecho la prematrícula, tienes que esperar al periodo de automatrícula, y apartir de la finalización de dicho periodo se empezarán a contar los 10 días hábiles.
Si la documentación no se entrega en ese plazo, se iniciará el procedimiento de bloqueo del expediente y de notificación de anulación de matrícula por falta de documentación.
- ¿Cómo subo a DOMUS la documentación?
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DOMUS es el buzón de entrega de documentación. Puedes acceder a él desde la aplicación SEVIUS4.
Aquí tienes un vídeo tutorial sobre esta aplicación en https://tv.us.es/media/1_3elcjtfx
- ¿Qué documentación legalizada o/y oficialmente traducida tengo que subir a DOMUS?
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• DNI/NIE o documento de identidad donde conste el NIE, o en su defecto el pasaporte, en tanto se aporta
en el plazo máximo de 6 meses dicho documento, según se establece en la disposición adicional
séptima de estas normas de matrícula.• Modelo de declaración responsable de veracidad de documentos presentados. Este documento se generará y firmará electrónicamente al acceder al buzón de documentación DOMUS.
•Título universitario oficial de acceso al máster universitario que faculte en el país que expide el título para el acceso a estudios universitarios de máster.
• Certificación del expediente académico oficial del título que le habilita para el acceso, donde consten expresamente las calificaciones y duración –expresada en créditos o en meses– obtenidas en las asignaturas, incluido en su caso, el proyecto o trabajo fin de carrera, con indicación expresa de la nota media final de los estudios.
• Documento donde se acredite que el solicitante posee un título de grado, emitido por organismo oficial del país de origen, que le faculta en dicho país para cursar estudios de posgrado. Puedes descargar un modelo de este documento en este enlace https://www.juntadeandalucia.es/economiaconocimientoempresasyuniversidad/sguit/documentacion/AnexoII.pdf
- ¿Cómo legalizo mi documentación?
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Dependiendo de los convenios que tu país tenga con España, los trámites para legalizar tus documentos podrán ser:
- Si es de la UE, no tiene que estar legalizado, solo traducido con traducción oficial.
- Si tu país ha suscrito el Convenio de la Haya, puedes legalizarlo por este procedimiento.
- Legalización diplomática bajo el Acuerdo Andrés Bello
- Legalización diplomática.
- Mi título universitario es de la UE, ¿necesita ser legalizado?
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Si tu título de acceso es de la UE no es necesario que lo legalices, pero, excepto si el título es italiano y toda la documentación original está en italiano, sí tiene que estar traducido y la traducción tiene que ser oficial.
Aunque esté en inglés, tiene que estar traducido oficialmente.
- Mi país ha suscrito el Convenio de la Haya, ¿cómo lo legalizo?
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En este caso, la legalización se realiza mediante un único sello, denominado "apostilla", y una única firma. Las autoridades competentes del país realizan el reconocimiento de las firmas de los responsables académicos y conceden la Apostilla.
El reconocimiento y la Apostilla deben figurar en el documento original.
Consulta aquí si el país de tu título está entre ellos: https://www.mjusticia.gob.es/es/Ciudadano/TramitesGestiones/Documents/ESTADOS_FIRMANTES_CONVENIO_HAYA.pdf
El proceso de la apostilla de la Haya es generalmente el siguiente:
- Reconocimiento de firmas en el organismo competente: Debes dirigirte con los documentos originales a la autoridad competente de tu país; en el caso de documentos acreditativos de estudios, probablemente sea el Ministerio de Educación (aunque también pueden ser las propias universidades, dependiendo del país)
- Apostilla: Una vez obtenida la diligencia de reconocimiento de firmas, debes dirigirte con la misma documentación a la autoridad competente de tu país en cuestiones de legalizaciones y esta autoridad plasmará en el documento la Apostilla.
- Mi país ha suscrito el Convenio Andrés Bello, ¿cómo legalizo mis documentos?
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Si tu país ha suscrito el Convenio Andrés Bello, podrás legalizarlo por esta vía. Este tipo de legalización consiste en una cadena de sellos y firmas, en la que cada uno de ellos certifica el sello y la firma anterior.
La legalización debe figurar en el documento original, antes de realizar la copia compulsada.
Para realizar la legalización por vía diplomática con este acuerdo, debes seguir los 3 siguientes pasos:
- Diligencia de reconocimiento de firmas: Debes dirigirte con los documentos originales a la autoridad competente de tu país: en caso de documentos acreditativos de estudios, probablemente sea el Ministerio de Educación (aunque también pueden ser las propias universidades, como es el caso, por ejemplo, de Japón o Brasil).
- Legalización en el Ministerio de Asuntos Exteriores: Una vez obtenida la diligencia de reconocimiento de firmas, debes dirigirte con la misma documentación al Ministerio de Asuntos Exteriores del país de expedición de los documentos: esta autoridad plasmará en el documento la correspondiente diligencia de legalización.
- Legalización en el consulado/embajada española del país de expedición de los documentos: Finalmente, deberás dirigirte al consulado español del país de obtención del título a fin de que se reconozca la firma de la legalización del Ministerio de Asuntos Exteriores.
IMPORTANTE: Cuando los documentos tengan que ser legalizados y traducidos, la traducción oficial debe realizarse tras concluir el trámite de legalización pues la traducción oficial debe incluir el procedimiento de legalización de firmas.
Puedes encontrar esta información en el siguiente enlace https://cat.us.es/legalizacion-y-traduccion-de-documentos-extranjeros
- Mi país no ha firmado ni el Convenio de la Haya ni el Convenio Andrés Bello, ¿cómo legalizo mis documentos?
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En este caso tendrás que legalizarlo por vía diplomática. Este tipo de legalización consiste en una cadena de sellos y firmas, en la que cada uno de ellos certifica el sello y la firma anterior.
La legalización debe figurar en el documento original, antes de realizar la copia compulsada.
La legalización diplomática consta de los siguientes pasos (un último paso más que bajo el Acuerdo Andrés Bello):
1º. En caso de documentos acreditativos de estudios, probablemente sea el Ministerio de Educación (aunque también pueden ser las propias universidades, como es el caso, por ejemplo, de Japón o Brasil)
2º. El Ministerio de Asuntos Exteriores del país donde se expidieron dichos documentos.
3º. La representación diplomática o consular de España en dicho país.
4º. La Sección de Legalizaciones del Ministerio Español de Asuntos Exteriores. - ¿Qué traducción se considera oficial?
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Se consideran traducciones oficiales según el R.D. 724/2020, de 4 de agosto (art. 17) las realizadas por:
- Traductor jurado, debidamente autorizado o inscrito en España. Puedes consultar los traductores autorizados aquí.
- La representación diplomática o consular en España del país del que es ciudadano el solicitante o, en su caso, del de procedencia del documento.
- Traductor oficial en el extranjero y debidamente legalizada la firma de dicho traductor oficial.
IMPORTANTE: Cuando los documentos tengan que ser legalizados, la traducción oficial debe realizarse tras concluir el trámite de legalización pues la traducción oficial debe incluir el procedimiento de legalización de firmas.
- ¿Necesito tener NIE (documento español de identidad para extranjeros)?
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Sí. La actual normativa de matrícula obliga todo el estudiantado extranjero a tener expedido un NIE.
El NIE lo tienes que subir al buzón de documentación DOMUS y también lo tienes que entregar en la sede electrónica de la US para que se modifique tu expediente.
Para entregar el NIE o el justificante de haberlo solicitado, dispones de un plazo de 6 meses desde el día de tu automatrícula. Si no entregaras el NIE en dicho plazo, se iniciaría el procedimiento de de bloqueo de tu expediente y de requerimiento de documentación como paso previo a la notificación de anulación de matrícula por falta de documentación.
- Las clases ya han comenzado, pero aún no me han respondido a la solicitud de visado en mi país, ¿puedo ir entregando los trabajos sin ir a las clases?
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La docencia en los másteres de la Facultad de Geografía e Historia es presencial, por lo que no debes entregar trabajos sin haber asistido a clases. Además, esto te puede perjudicar pues, si finalmente te denegaran el visado y tuvieras calificada en acta alguna asignatura, no se te podría anular la matrícula alegando que te han denegado el visado ni se te podría devolver el dinero pagado.
Antes de tomar esta decisión, consulta la normativa de matrícula en el capítulo “Régimen académico”, sección “matrícula”, artículos “anulación de matrícula y los efectos de la anulación de matrícula”.